La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) lazó un reempadronamiento obligatorio para 1,2 millones de contribuyentes que están inscriptos en Ingresos Brutos (IB). La medida fue tomada mediante la resolución normativa 39/2017 que establece que hasta el 31 de diciembre próximo se podrá realizar este trámite y lo deberán realizar todos los inscriptos con anterioridad al 18 de octubre pasado.
Fuentes de ARBA precisaron al diario LA NACION que de 1,2 millones de contribuyentes solo 650 mil deberán completar el trámite a través de la web del organismo o dárselo a su contador para que efectúe ese trámite.
Los 550 mil restantes serán reempadronados de manera automática, sin necesidad de hacer trámite alguno, porque por el tipo de actividad que ejercen puede establecerse una equivalencia inequívoca respecto del nuevo nomenclador.
"Esto no significa que se va a tocar las escala o alícuotas. Es simplemente un trámite para poner en orden el impuesto y las actividades económicas que lo involucran", dijo un informante de la Agencia de Recaudación
En la resolución, se dispone que se realizará la conversión automática de actividades sobre la base de equivalencias entre el nomenclador NAIIB-99.1 y el nomenclador NAIIB-18.
El sistema anterior (NAIIB-99.1) contenía 784 códigos de actividad, mientras que el nuevo posee 1.017 y buscan abarcar y comprender la diversidad económica que tiene la provincia de Buenos Aires. Es así, que fueron incorporados rubros que permiten diferenciar mejor las distintas etapas de los procesos productivos, en especial en servicios vinculados a ciertos sectores primarios extractivos o industriales, que ahora cuentan con una clasificación más detallada y específica
El director de ARBA, Gastón Fossati, aseguró: "Desarrollamos un nomenclador moderno, que incorpora nuevas actividades que buscan dar respuesta a la variedad de servicios y procesos productivos que existen en la actualidad".
El nomenclador será utilizado para definir las exenciones y alícuotas que se aplican al tributo. En el mercado prevén que a partir de las leyes impositivas de 2018 en adelante, poco a poco, algunas actividades dejarán de tributar por la alícuota general del 3% y pasen a hacerlo al 4 por ciento.
Los contribuyentes deberán obligatoriamente declarar y/o liquidar el gravamen consignando los códigos aprobados por el mencionado nomenclador a partir del anticipo 1/2018.
"Los contribuyentes de Ingresos Brutos se verán beneficiados por este sistema, ya que se adapta mucho mejor a la realidad que vivimos, dando cuenta de las ocupaciones y emprendimientos que surgieron a partir de la transformación tecnológica que experimentó nuestra sociedad", dijo Fossati.
Las fuentes de Arba precisaron que todos los cambios introducidos en el NAIIB-18 van en línea con el clasificador nacional de actividades económicas (CLANAE 2010) elaborado por el INDEC, que reúne los códigos de las distintas ramas productivas que son aplicables en la República Argentina.
Dado que el nomenclador será de uso obligatorio en la Provincia a partir del primer anticipo de Ingresos Brutos de 2018, los contribuyentes directos del tributo deberán pasar, en lo que resta de este año, por un proceso de reempadronamiento para adecuarse al nuevo código.
"Este procedimiento de actualización es necesario para que cada contribuyente pueda homologar los datos sobre su actividad en función de los parámetros del NAIIB-18", concluyó Fossati.