Jueves, 28 Agosto 2025 19:08

Claves del voto accesible: el derecho de todos y todas a sufragar sin dificultades

Durante la jornada se despliegan medidas para eliminar las barreras y obstáculos existentes en el proceso electoral como la implementación del Cuarto Oscuro Accesible y Voto Asistido. 

El próximo 7 de septiembre las y los bonaerenses elegirán a representantes para cargos provinciales y municipales: diputados y senadores provinciales según su municipio de residencia, concejales y consejeros escolares en las 8 secciones electorales.  

En el Artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se establece que las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida política. En la Argentina los tratados de Derechos Humanos tienen rango constitucional en Argentina (Ley 27044). Por eso, las personas con discapacidad tienen derecho a votar y a ser votados 

De esta forma, con el propósito de promover y facilitar el ejercicio pleno de los derechos políticos de todas las personas, se implementan diversas medidas destinadas a la eliminación de barreras y obstáculos existentes en el proceso electoral.

En la Provincia de Buenos Aires, la Resolución 156 sobre Voto Asistido resuelve la existencia de un Cuarto Oscuro Accesible (COA) y del Voto Asistido. Además, toda persona que presenta alguna discapacidad tiene el derecho a: 

- Poder entrar, quedarse y salir del lugar de votación sin dificultad.

- Recibir información clara, fácil de entender y en formatos accesibles.

- Pedir ayuda o apoyo durante cualquier parte del proceso de votación.

- Contar con un Cuarto Oscuro Accesible (COA) en cada lugar de votación.

- Elegir votar en su mesa asignada o en el COA.

- Votar con ayuda de:

Una persona de su confianza

La autoridad de mesa

Su perro guía o de asistencia

- Pedir prioridad para votar sin hacer fila.

No es obligatorio tener Certificado Único de Discapacidad (CUD) para pedir apoyo.

Para poder votar, entonces, solo hay que tener 16 años o más (las y los migrantes votan a partir de los 18 años), tener domicilio en la provincia de Buenos Aires, llevar el último DNI y figurar en el padrón electoral 

Para obtener más información sobre el lugar de votación, la escuela, la mesa y número de orden se puede ingresar a:  https://eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar/

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