El juez en lo Contencioso Administrativo Enrique Lavié Pico intervino parcialmente a la empresa Ausol, en el marco del reclamo del Estado Nacional por la renegociación de la concesión dispuesta durante el gobierno de Mauricio Macri.
El juez hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por el Estado Nacional a través de la Dirección Nacional de Vialidad y al mismo tiempo suspendió “el mecanismo de compensación destinado a la recuperación de la suma de 499 millones de dólares” a favor de la empresa concesionaria.
Ese era uno de los principales objetivos de la demanda del Estado, pues sostenía que “la concesionaria, una vez vencido el plazo de la concesión originaria, percibe a diario el peaje que abonan los usuarios sin tener un título jurídico válido para ese cobro”.
Pero además, el acuerdo firmado durante el gobierno anterior establecía que “en caso de que los peajes percibidos no resulten suficientes para atender el pago de la deuda reconocida a favor de AUSOL, la misma deberá ser atendida por el Estado Nacional”.
La demanda (y el consecuente pedido de medida cautelar) argüía que “de no suspenderse los efectos del Acuerdo impugnado y de su decreto aprobatorio, para atender la deuda allí reconocida deberían incrementarse las tarifas a los usuarios en más de 12 veces respecto de su valor actual y, si aún así no se llegara a compensar a la concesionaria el monto en cuestión (499 millones de dólares) sería el Estado Nacional quien debería asumir el saldo”.
La medida cautelar notificada hoy frenó esa secuencia. Además, el juez designó como “Interventor Veedor y Fiscalizador en la empresa AUSOL SA al contador José Luis Perrone, con el fin de ejercer la supervisión, inspección y auditoría de la renegociación del Contrato de Concesión”.
Perrone tendrá a su cargo “la fiscalización y control de todos los actos de administración habitual que puedan afectar la normal prestación del servicio público que resulta objeto de la concesión”, según dispuso el fallo.
Ausol, además, tendrá prohibido de manera preventiva “la distribución de dividendos y de alterar, mediante cualquier figura jurídica, la composición del capital social y de las posiciones accionarias de la empresa”.
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