Una sala del Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó la sentencia contra el exvecino del country Carmel Nicolás Pachelo por el asesinato de María Marta García Belsunce, ocurrido en octubre de 2002 que habían dictado el 27 de marzo pasado los camaristas Florencia Budiño y Fernando Mancini.
Esos magistrados habían revocado la absolución de Pachelo por el beneficio de la duda que anteriormente había dictado, por mayoría, en diciembre de 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de San Isidro.
Con la sentencia dictada en las últimas horas por los jueces Manuel Bouchoux y Fernando Mateos, la única posibilidad que le queda a Pachelo es presentar recursos ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense y, eventualmente, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
“El fallo es la ratificación de la hipótesis que sostuvimos desde el origen del expediente, que tanto la sentencia de la Sala II [la resolución de Budiño y Mancini] como ahora la confirmatoria de la Sala V del Tribunal de Casación Penal bonaerense pone al descubierto el encubrimiento del fiscal Molina Pico [que sostuvo la hipótesis que detrás del crimen estuvo el esposo de la víctima, Carlos Carrascosa] y de los jueces Osvaldo Rossi y Esteban Andrejin [quienes absolvieron a Pachelo] y que solo el doctor Federico Ecke [quien votó en minoría por una condena] fue un digno magistrado qué sin ningún prejuicio hizo lo que tenía que hacer”, afirmó al diario LA NACION el abogado Gustavo Hechem, quien junto con su colega, Sebastián Maison, representó al marido de García Belsunce.
“A fin de cuentas, el concurso de circunstancias o indicios considerados por los señores magistrados de la Sala II del Tribunal de Casación Penal [por Budiño y Mancini], ponderados bajo el prisma de la lógica y la experiencia y según el curso ordinario y natural de las cosas, conducen asertivamente hacia la culpabilidad del imputado importando una cadena de inferencias compuesta de un gran número de eslabones (hechos indiciarios) sobre los cuales no se ha evidenciado circunstancias invalidantes y cuya capacidad de rendimiento brinda sustento suficiente para poner el reproche de culpabilidad en manos del encartado”, sostuvieron los jueces en el fallo.